Cómo declarar criptomonedas en la Renta: permutas, staking y Renta Web paso a paso
Para declarar criptomonedas en la Renta tienes que incluir, en el apartado F2 de Renta Web, la ganancia o la pérdida de cada venta y de cada intercambio de una criptomoneda por otra que hayas hecho durante el año, aunque el dinero nunca haya llegado a tu banco. Cada resultado es la diferencia entre lo que valía en euros lo que entregaste y lo que te costó, contando las comisiones y aplicando el criterio FIFO: las primeras unidades que compraste son las primeras que vendes. Las recompensas de staking y los airdrops se declaran aparte, y cada uno en su sitio.
Lo que no tributa es comprar con euros y guardar. En esta guía tienes qué operaciones cuentan y cuáles no, cómo se calcula cada una con un ejemplo completo, dónde va cada cosa en Renta Web y cómo sabe Hacienda lo que has hecho, que desde 2026 es bastante más que antes.
Qué operaciones con criptomonedas tributan y cuáles no
La regla de fondo es sencilla: tributa cualquier operación en la que dejas de tener una criptomoneda a cambio de otra cosa, sea euros, otra criptomoneda o un bien. La Agencia Tributaria lo trata como una alteración de tu patrimonio que se declara en el año en que ocurre.
- Vender criptomonedas por euros o dólares: Tributa. Es una ganancia o pérdida patrimonial.
- Cambiar una criptomoneda por otra, incluidas las stablecoins: Tributa. Pasar de bitcoin a USDT o de ether a solana es una permuta, y se calcula como si hubieras vendido la primera y comprado la segunda.
- Pagar algo con criptomonedas: Tributa, por la misma razón: entregas la criptomoneda a cambio de un bien.
- Recompensas de staking: Tributan cuando las recibes, como rendimiento del capital mobiliario.
- Airdrops: Tributan cuando los recibes, como ganancia patrimonial en la base general.
- Comprar criptomonedas con euros: No tributa. Solo fija el precio de compra que usarás cuando vendas.
- Mantenerlas, aunque suban: No tributa en el IRPF. Una subida que no has realizado no se declara en la Renta.
- Moverlas entre tus propios monederos o plataformas: No tributa, porque siguen siendo tuyas. La comisión de red que pagas en el traspaso sí puede generar una pequeña operación, porque entregas cripto para pagarla.
El error más extendido es creer que solo hay que declarar cuando el dinero vuelve al banco. No es así: si durante el año fuiste cambiando de una criptomoneda a otra y nunca sacaste un euro, tienes igualmente que declarar el resultado de cada intercambio. Mantener los fondos en una plataforma o en un monedero privado no aplaza nada (BBVA).
Cómo se calcula la ganancia o pérdida: comisiones y FIFO
Para cada venta o permuta, la ganancia o pérdida es el valor de transmisión menos el valor de adquisición, los dos en euros (Agencia Tributaria):
- Valor de adquisición: Lo que pagaste por esas unidades, más las comisiones de la compra.
- Valor de transmisión: Lo que obtienes al venderlas, menos las comisiones de la venta. En una permuta, el valor de transmisión es el mayor de dos: el valor de mercado de la criptomoneda que entregas o el de la que recibes. Ese mismo valor pasa a ser el precio de adquisición de la criptomoneda nueva.
Si compraste la misma criptomoneda en varias veces y a precios distintos, Hacienda aplica el criterio FIFO: se considera que las unidades que vendes son las que compraste primero. Es la regla que más trabajo da, porque obliga a guardar el orden de todas tus compras de cada moneda para saber qué precio corresponde a cada venta, también cuando la compraste en plataformas distintas.
Todo lo que no está en euros se convierte con su valor en euros en el momento de la operación. Por eso, para declarar criptomonedas a Hacienda sin errores necesitas un registro con la fecha, la cantidad y la cotización en euros de cada movimiento.
Ejemplo completo: dos compras, una permuta y una venta
Supongamos que este año haces estas operaciones con ether (ETH) y solana (SOL):
- Enero: Compras 1 ETH por 2.000 euros, más 10 de comisión. Valor de adquisición: 2.010 euros.
- Marzo: Compras otro ETH por 3.000 euros, más 10 de comisión. Valor de adquisición: 3.010 euros.
- Julio: Cambias 1 ETH por SOL. En ese momento el ETH vale 3.500 euros y la SOL que recibes, también 3.500. Pagas 10 euros de comisión.
- Noviembre: Vendes toda esa SOL por 3.200 euros, sin comisión.
La permuta de julio es una venta a efectos fiscales. Por FIFO, el ETH que entregas es el de enero, así que la ganancia es 3.500 − 10 − 2.010 = 1.480 euros. La SOL que recibes entra en tu cartera con un valor de adquisición de 3.500 euros. En noviembre la vendes por 3.200: pérdida de 300 euros. El ETH de marzo no se ha tocado y no se declara.
Resultado del año: 1.480 − 300 = 1.180 euros de ganancia neta, que van a la base del ahorro. Si no tienes otras rentas del ahorro, pagas el 19%: 224,20 euros. Fíjate en que la ganancia de julio tributa aunque ese dinero nunca saliera de la plataforma, y en que si hubieras usado el ETH de marzo en lugar del de enero, la ganancia habría sido mucho menor. Eso es lo que FIFO no te deja elegir.
Staking, airdrops y minería
No todo lo que se gana con criptomonedas sale de vender o intercambiar, y estas otras rentas van a sitios distintos de la declaración:
- Staking: Según la Dirección General de Tributos (consulta V1766-22), las recompensas son rendimientos del capital mobiliario por ceder capitales propios a terceros, cobrados en especie. Se valoran en euros a precio de mercado el día que las recibes y van a la base del ahorro. Ese valor es, además, su precio de adquisición cuando las vendas o las cambies más adelante.
- Airdrops: Los tokens que te llegan gratis, sin entregar nada a cambio, son una ganancia patrimonial que no deriva de una transmisión (consulta V1948-21). Se valoran a precio de mercado al recibirlos y, a diferencia del resto, tributan en la base general, con tu tipo marginal del IRPF, que puede ser bastante más alto que el del ahorro. Por estar en otra base, tampoco se pueden compensar con las pérdidas de tus ventas de criptomonedas.
- Minería: Si es una actividad organizada y continuada, Hacienda puede considerarla una actividad económica, con sus ingresos y gastos en la base general y, según el caso, la obligación de darse de alta como autónomo.
Dónde va cada cosa en Renta Web
Las ventas y permutas de criptomonedas tienen un apartado propio en la declaración: «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales», dentro del apartado F2, que en las últimas campañas ocupa las casillas 1800 a 1814 (Taxdown). El proceso es este:
- Entra en Renta Web con Cl@ve, certificado digital o número de referencia.
- Ve al apartado F2 y abre el de monedas virtuales.
- Da de alta cada criptomoneda que hayas vendido o permutado, con su denominación (BTC, ETH…) y el tipo de contraprestación que recibiste: euros, otra moneda virtual u otro bien.
- Indica el valor de transmisión total de esa moneda en el año, ya descontadas las comisiones de venta.
- Indica el valor de adquisición que corresponde a lo vendido según FIFO, con las comisiones de compra.
- Repite con cada criptomoneda. Renta Web calcula la ganancia o pérdida de cada una y las lleva a la base del ahorro.
- Declara el staking en los rendimientos del capital mobiliario y los airdrops en las ganancias patrimoniales que no derivan de transmisiones, que son apartados distintos.
- Revisa el resultado antes de presentar: si las pérdidas de años anteriores no aparecen, añádelas.
Renta Web no hace el cálculo FIFO por ti: tú le das los totales y él aplica la tarifa. Por eso el trabajo de verdad está antes, en sacar los historiales de cada plataforma y cuadrarlos.
Cómo tributan y cómo compensar las pérdidas
Las ganancias por vender o permutar criptomonedas van a la base del ahorro, la misma que las de las acciones y los fondos, y tributan por tramos: el 19% por los primeros 6.000 euros, el 21% hasta 50.000, el 23% hasta 200.000, el 27% hasta 300.000 y el 30% a partir de ahí. Son tramos, no escalones: con 10.000 euros de ganancia pagas el 19% de los primeros 6.000 y el 21% solo de los otros 4.000.
Las pérdidas se compensan primero con las ganancias del mismo año, también las de acciones o fondos. Si el saldo sigue en negativo, puede restarse hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario, como dividendos, intereses o el propio staking. Lo que quede se arrastra durante los cuatro años siguientes (Ley del IRPF, artículo 49). Lo explicamos con detalle en la guía para compensar pérdidas patrimoniales en el IRPF, y la lógica es la misma que al declarar la venta de acciones en la Renta.
Un caso aparte es el de las plataformas que quiebran o bloquean los fondos. Para la Agencia Tributaria, que un exchange deje de devolverte tus criptomonedas no genera por sí solo una pérdida declarable: se trata como un crédito que no has cobrado, y solo se puede computar cuando se cumplen los requisitos de esos créditos, por ejemplo tras un procedimiento judicial o concursal o el paso de cierto plazo.
Cómo se entera Hacienda de tus criptomonedas
Durante años, muchos inversores dieron por hecho que Hacienda no veía lo que pasaba en los exchanges. Hoy hay tres vías por las que le llega la información, y la tercera es nueva:
- Modelos 172 y 173: Los exchanges y custodios que operan desde España informan cada año de los saldos (172) y de las operaciones (173) de sus clientes. No los presentas tú: los presenta la plataforma.
- Modelo 721: Si tienes más de 50.000 euros en criptomonedas en plataformas extranjeras a 31 de diciembre, eres tú quien tiene que presentar esta declaración informativa, entre enero y marzo. Es el equivalente del modelo 720 para las criptomonedas; para las cuentas y valores en brókers de fuera, lo tienes en nuestra guía sobre el modelo 720 en brókers extranjeros y sus límites.
- DAC8: Desde el 1 de enero de 2026, la directiva europea obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos de la Unión Europea a recopilar y comunicar las operaciones de sus clientes, que se intercambian entre las haciendas de los distintos países. Un exchange registrado en otro país europeo informará de ti a su hacienda y esta a la española, además del modelo 721, no en su lugar.
La consecuencia práctica es que, a partir de los datos de 2026, Hacienda va a poder cruzar tus operaciones con lo que declares. Declarar criptomonedas a Hacienda bien y a tiempo no es solo una obligación: es la forma de no recibir una propuesta de liquidación con recargos años después.
Errores habituales al declarar criptomonedas
- Declarar solo lo que pasó a euros: Cada permuta entre criptomonedas, incluidas las stablecoins, se declara.
- Usar el precio medio en lugar de FIFO: El criterio de Hacienda es FIFO por cada criptomoneda.
- Valorar la permuta solo con lo que recibes: El valor de transmisión es el mayor entre lo que entregas y lo que recibes.
- Olvidar las comisiones: Las de compra suman al valor de adquisición y las de venta restan del de transmisión. Ignorarlas te hace pagar de más.
- Meter el staking o los airdrops con las ventas: Van en apartados distintos, y los airdrops ni siquiera en la misma base.
- Dejarlo todo para abril: Las plataformas cierran, cambian de dominio o cambian el formato de sus exportaciones. Descarga los historiales cada pocos meses.
Si ya presentaste una Renta sin incluir tus criptomonedas, o con errores, se corrige con una autoliquidación rectificativa, que desde la declaración de 2024 sirve tanto para pagar lo que faltó como para pedir que te devuelvan lo que pagaste de más. Si hay que pagar, hacerlo por tu cuenta antes de que Hacienda te requiera evita la sanción, aunque se aplican recargos por el retraso. Y si estás empezando, la guía para empezar a invertir desde cero te ayuda a encajar las criptomonedas en el resto de la cartera.
Cómo llevar el registro durante el año
El problema real de declarar criptomonedas en la Renta no es entender las reglas, sino reconstruir el historial: compras recurrentes de importes pequeños, comisiones de red pagadas en el token nativo, intercambios en varias plataformas. Un usuario con algo de actividad en finanzas descentralizadas puede acumular cientos de operaciones al año, y reconstruir el valor en euros de cada una respetando FIFO en abril es casi imposible.
Lo que funciona es llevar el registro desde el primer día: exportar los historiales de cada plataforma cada pocos meses, guardar los identificadores de las transacciones de los monederos propios y anotar las operaciones grandes según se hacen. Tracky no te calcula el impuesto ni el FIFO, pero puedes tener tus criptomonedas junto a las acciones y fondos de tus brókers y ver la rentabilidad real de toda la cartera en un solo sitio, que es el punto de partida para saber qué te va a tocar declarar.
Fuentes: Agencia Tributaria - Ganancias y pérdidas derivadas de monedas virtuales · Consulta DGT V1766-22 sobre el staking · BOE - Ley 35/2006 del IRPF, artículo 49 · Taxdown - Casilla 1800 · BBVA · Waltio - Modelo 721 · Guía Fiscal - Cómo sabe Hacienda que tienes criptomonedas. Análisis y opinión propios; esto no es una recomendación de inversión personalizada.
Preguntas frecuentes
¿Hay que declarar las criptomonedas si no las he vendido?
Si solo has comprado con euros y las mantienes, no hay nada que declarar en el IRPF, aunque hayan subido. Sí tienes que declarar las que hayas cambiado por otra criptomoneda, el staking y los airdrops. Aparte, si tienes más de 50.000 euros en plataformas extranjeras a 31 de diciembre, te toca el modelo 721, y según tu patrimonio total, el Impuesto sobre el Patrimonio.
¿Cambiar una criptomoneda por otra tributa aunque no pase a euros?
Sí. Es una permuta y se declara como si hubieras vendido la primera: la ganancia es el mayor entre el valor de mercado de lo que entregas y lo que recibes, menos lo que te costó lo entregado. También cuenta pasar a una stablecoin como USDT o USDC.
¿Qué método se usa para calcular el precio de compra?
El FIFO: se considera que las unidades que vendes de una criptomoneda son las que compraste primero. Al precio de compra se le suman las comisiones de compra, y al de venta se le restan las de venta.
¿Cómo tributa el staking?
Según la Dirección General de Tributos, las recompensas de staking son rendimientos del capital mobiliario. Se valoran en euros el día que las recibes, van a la base del ahorro y ese valor es su precio de adquisición cuando las vendas más adelante.
¿Y los airdrops?
Son una ganancia patrimonial que no deriva de una transmisión. Se valoran a precio de mercado al recibirlos y tributan en la base general del IRPF, con tu tipo marginal, no en la del ahorro.
¿En qué casillas de la Renta se declaran las criptomonedas?
Las ventas y permutas, en el apartado F2 de ganancias y pérdidas por monedas virtuales, que en las últimas campañas ocupa las casillas 1800 a 1814. Se da de alta cada criptomoneda con su valor de transmisión y de adquisición. El staking va en los rendimientos del capital mobiliario y los airdrops en otro apartado de ganancias.
¿Se pueden compensar las pérdidas con criptomonedas?
Sí. Primero con las ganancias del mismo año, también las de acciones o fondos; después, hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario, y lo que sobre, durante los cuatro años siguientes. Que un exchange quiebre no genera por sí solo una pérdida: se trata como un crédito no cobrado.
¿Cómo sabe Hacienda que tengo criptomonedas?
Los exchanges que operan desde España le informan con los modelos 172 y 173; si tienes más de 50.000 euros fuera, se lo dices tú con el modelo 721, y desde 2026 la directiva europea DAC8 obliga a las plataformas de la Unión Europea a informar de las operaciones de sus clientes.
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